España implementa la e-facturación a través de dos vías legislativas separadas pero interrelacionadas. VeriFactu establece requisitos para el propio software de facturación (integridad, trazabilidad), mientras que la ley Crea y Crece obliga al intercambio electrónico de facturas B2B. La combinación convierte a España en una de las implementaciones más complejas de Europa.
Resumen
B2GObligatorio (a través de FACe, desde 2015)B2BMandato por fases (VeriFactu ene/jul 2027 + Crea y Crece 2027/2028)ModeloHíbrido: software certificado + intercambio CTCFormatosFacturae 3.2.x (B2G), Facturae o UBL (B2B)PlataformaAEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria)IdentificadorNIF (Número de Identificación Fiscal)Exención SIILas empresas que utilizan SII están mayormente exentas de VeriFactuVeriFactu: software de facturación certificado
VeriFactu (Real Decreto 1007/2023) exige que todo software de facturación en España garantice la integridad y trazabilidad de las facturas. Son requisitos para el software, no para el canal de transmisión.
Plazos
Fase 1Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (personas jurídicas)1 de enero de 2027Fase 2Autónomos y contribuyentes no societarios1 de julio de 2027¿Qué debe hacer un software conforme a VeriFactu?
- Encadenamiento criptográfico: cada factura está criptográficamente vinculada a la anterior, haciendo la secuencia inmutable
- Código QR en cada factura, que permite a la administración fiscal verificar la factura
- Inmutabilidad: tras la emisión, una factura no puede editarse ni eliminarse
- Facturas rectificativas: las correcciones requieren una factura rectificativa formal
- Reporting en tiempo real a la AEAT es opcional pero recomendado
Las empresas que ya utilizan SII (Suministro Inmediato de Información) para la declaración del IVA en tiempo real están mayormente exentas de los requisitos de VeriFactu.
Crea y Crece: e-facturación B2B obligatoria
La ley Crea y Crece (Ley 18/2022) obliga a todas las transacciones B2B en España a utilizar facturación electrónica estructurada. Los PDF ya no son válidos como formato de factura B2B.
Plazos
Fase 1Empresas con facturación > 8 millones €2027Fase 2Todos los demás contribuyentes2028El reglamento técnico de desarrollo aún no se ha publicado a mediados de 2026. Tras su publicación, se aplica un periodo transitorio de 12 meses, lo que hace improbable la implementación antes de 2027.
¿Qué cambia?
- Formato estructurado obligatorio: solo Facturae o UBL, no más PDF para B2B
- Archivo digital de 4 años: todas las facturas electrónicas deben almacenarse digitalmente y permanecer accesibles
- Interoperabilidad: los sistemas deben poder conectarse con las soluciones públicas de e-facturación
- Actualizaciones de estado obligatorias: el estado de una factura (aceptada, pagada, etc.) debe rastrearse y comunicarse
VeriFactu versus Crea y Crece
Las dos regulaciones se complementan:
EnfoqueSoftware de facturaciónIntercambio de facturasQué regulaIntegridad y trazabilidadEnvío y recepción electrónicos B2BFormatoEspecificación de software (sin requisito de formato)Facturae o UBLPlazoEne/jul 20272027/2028Cómo eConnect le ayuda
eConnect soporta la e-facturación hacia España de las siguientes maneras:
- B2G a través de FACe: las facturas a organismos gubernamentales españoles se enrutan a través de la red Peppol
- Cumplimiento Crea y Crece: para el cumplimiento de Crea y Crece se aplica la estrategia de socios. El PSB puede gestionar transformaciones a Facturae y UBL
- Independiente del formato: no necesita ajustar su formato de factura; el PSB transforma automáticamente al formato correcto
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